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El chavismo-madurismo perdió el control de la Asamblea Nacional (AN). Con un total de 112 diputados electos confirmados tras la jornada de este 6 de diciembre (aún con 4 por definir) en los comicios parlamentarios, la oposición prácticamente garantiza una mayoría calificada (al menos dos tercios de la AN) que le otorga el mayor poder de decisión en el parlamento.
Las dificultades económicas, de abastecimiento e inseguridad influyeron para quitarle el apoyo al oficialismo por parte de los votantes.
Durante este año, se han venido incrementando todos los indicadores negativos del clima socio-emocional venezolano: molestia (64%), pesimismo (43%), tristeza (48%) y preocupación (74%), aunque se mantiene en positivo el nivel de esperanza (72%).
¿Qué puede hacer la mayoría calificada en la Asamblea Nacional?
La mayoría calificada, según la Constitución, le otorga a la oposición la posibilidad de impulsar y aprobar las siguientes iniciativas políticas:
Mayoría calificada de tres quintas (3/5) partes de los Diputados (99 Diputados):
- Decidir que el voto de censura acordado al Vicepresidente Ejecutivo o a los Ministros implique su destitución (numeral 10 del artículo 187).
- Sancionar las Leyes habilitantes (artículo 203).
- Aprobar la moción de censura al Vicepresidente Ejecutivo, la cual implicará su remoción (artículo 240).
- Aprobar la moción de censura a los Ministros, la cual implicará su remoción (artículo 246).
- Designar a los integrantes del Consejo Nacional Electoral (artículo 296).
- Remover a los integrantes del Consejo Nacional Electoral, previo pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia (artículo 296).
Mayoría calificada de dos terceras (2/3) partes de los Diputados (110 Diputados):
- Someter a referendo aprobatorio los proyectos de Ley que discuta la Asamblea Nacional (artículo 73).
- Someter a referendo los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieren comprometer la soberanía nacional o transferir competencias a órganos supranacionales (artículo 73).
- Admitir todo proyecto de Ley orgánica, salvo el que la Constitución califique como tal (artículo 203), (dos terceras (2/3) partes de los Diputados presentes en la sesión).
- Modificar de las Leyes orgánicas (artículo 203).
- Remover a los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, previa audiencia concedida al interesado, en caso de faltas graves ya calificadas por el Poder Ciudadano (artículo 265).
- Escoger los titulares de los órganos del Poder Ciudadano que sean propuestos a su consideración por parte del Comité de Evaluaciones de Postulaciones del Poder Ciudadano (artículo 279).
- Tener la iniciativa de convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente (artículo 348).